Decretos de nueva planta resumen y tema

 

 

 

Decretos de nueva planta resumen y tema

 

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Decretos de nueva planta resumen y tema

 

TEXTO Nº 8  DECRETOS DE NUEVA PLANTA

 

Por decreto del 9 de octubre próximo fui servido decir que habiendo con la asistencia divina y justicia de mi causa pacificado enteramente mis armas el Principado de Cataluña tocaba a mi soberanía establecer gobierno a él y dar providencias para que sus moradores vivan con paz, quietud y abundancia; por cuyo bien, habiendo precedido madura deliberación y consulta de ministros de mi mayor confianza he resuelto que en el referido Principado se forme una Audiencia, en la cual presida el Capitán General o Comandante General de mis armas de manera que los despachos, después de empezar con mi dictado, prosigan en su nombre: el cual Capitán General o Comandante ha de tener

voto solamente en las cosas del gobierno y esto hallándose presente en la Audiencia; debiendo en motivaciones de oficios y cosas graves el Regente avisarle un día antes de lo que ha de tratar.

 

[...] 2.: La Audiencia se ha de juntar en las Casas que antes estaban destinadas para la Diputación y se ha de componer de un Regente y diez ministros para lo civil y cinco para lo criminal, dos Fiscales y un Alguacil Mayor.

 

[...] 4.: Las causas en la Real Audiencia se sustanciarán en lengua castellana y para que por la mayor satisfacción de las partes los incidentes de las causas se traten con la mayor deliberación mando que todas las peticiones presentación de instrumentos y lo demás que se ofreciere se haga en las salas; para la corriente y público se tengan audiencia pública lunes, miércoles y viernes de cada semana en una de ellas por turno de mesas.

 

" [...] 31.: En la ciudad de Barcelona ha de haber 24 Regidores y en las demás ocho cuya nominación me reservo y en los demás lugares se nombrarán por la Audiencia en el momento que pareciere y se me dará cuenta; y los que  nombrare la Audiencia servirán un año.

 

[...] 37.: Todos los demás oficios que había antes en el Principado, temporales, perpetuos y todos los comunes no expresados en este mi Real Decreto quedan suprimidos y extintos; y lo que a ellos estaba encomendado, si fuese pertinente a Justicia o Gobierno correrá en adelante a cargo de la Audiencia, y si fuese perteneciente a Rentas y Hacienda ha de quedar a cargo del Intendente o de la persona o personas que yo disputare para esto.

 

[...] 39.: Por los inconvenientes que se ha experimentado en los somatenes y juntas de gente armada mando que no haya tales somatenes ni otras juntas de gente armada so pena de ser tratados como sediciosos los que concurrieren o intervinieren.

 

[...] 40.: Han de cesar las prohibiciones de extranjería porque mi Real Intención es que en mis reinos las dignidades y honores se confieran recíprocamente a mis vasallos por el mérito y no por el nacimiento en una u otra provincia de ellos. (...)

 

Novísima Recopilación de Leyes de España..., Libro V, Titulo IX, Ley I.

 

CLASIFICACIÓN

 

Este texto es por su naturaleza un texto fuente o primario de contenido jurídico-político, en tanto que es una Ley o Decreto (se le denominó Decreto de Nueva Planta) en el que se dictaron normas para la aplicación de un nueva organización político administrativa en el Principado de Cataluña.

 

El texto fue promulgado por  Felipe V, en su calidad de rey de España, con fecha de 16 de enero de 1716 en Madrid.  Felipe V,  Duque de Anjou, fue proclamado rey en 1700, a la muerte sin descendencia  del rey  Carlos II (El Hechizado), sin embargo esta proclamación no fue aceptada por parte de los territorios de la monarquía, ni por algunas de las potencias europeas, lo que llevó al estallido de la la Guerra de Sucesión (1701-1714) que enfrentaba a los partidarios de Felipe de Anjou (Francia, era nieto del rey de Francia Luis XIV)  y del archiduque Carlos de Habsburgo (hijo del emperador Leopoldo), es decir una guerra europea que enfrentaba a Francia contra Austria, Gran Bretaña, Holanda y Saboya.

 

En la Península, el conflicto motivó la alineación de los diferentes territorios con uno u otro bando. De este modo, Castilla se mantuvo fiel a Felipe V, mientras que la Corona de Aragón se mostró partidaria del candidato austriaco, en oposición al centralismo de los Borbones.

 

Los Decretos de Nueva Planta son consecuencia de aquella guerra, y este en concreto  se refiere a Cataluña, ya que los Decretos de Nueva Planta son varios. Ya en 1707, había promulgado el Decreto de Nueva Planta que afectaron a  Valencia y Aragón, tal como pasaría ocho años después en Cataluña.          El 11 de septiembre de 1714 las tropas de Felipe V tomaron definitivamente Barcelona pero su Decreto de Nueva Planta no fue promulgado hasta enero de 1716

 

IDEAS PRINCIPALES

 

Los Decretos de Nueva Planta suponen la aplicación práctica del modelo centralizador que Felipe V y el resto de los reyes de la dinastía Borbón van a aplicar en España, es un modelo centralizador y reformista que ya se había desarrollado en Francia (el modelo de estado absolutista)  y que pone fin al  modelo político pactista que habían aplicado los reyes de la dinastía Habsburgo en España durante los siglos XVI y XVII.  Este modelo pactista hacía de la monarquía hispánica una mera unión de territorios con instituciones y legislación propias. Las instituciones de la Corona de Aragón eran un estorbo para esa política por lo que debían ser suprimidas.

 

Los decretos supusieron  la integración de esos territorios en la administración castellana y la adopción de sus instituciones. En este sentido, el Consejo de Castilla pasó a ejercer las funciones de gobierno de todo el país, con facultades legislativas y judiciales, aunque siempre dependiendo del poder del rey.

            .

 

En el preámbulo se cita la fecha de 9 de octubre de 1715 que fue cuando se promulgó aunque se publicara en enero de 1716, y se comenta la pacificación del Principado de Cataluña a resultas de la cual (se puede entender una justificación del derecho de conquista) se impone un nuevo modelo político-jurídico y administrativo para el gobierno del territorio.

 

En este modelo participa la Audiencia (órgano de administración de justicia) que se transforma en un órgano de control real, además bajo control militar: un Capitán General, bajo directo mando del Rey, que acabará sustituyendo a la figura de Virrey, ya que los reinos de la monarquía se convertirán en provincias.

 

Se disolverá la Diputación permanente y las Cortes Catalanas, siendo utilizadas sus instalaciones para la nueva Audiencia

 

 Se establece el castellano como idioma oficial en la Audiencia y en los escritos oficiales.

 

Se establece el sistema de administración local castellana de Regidores y corregidores, elegidos por los reyes, como forma de fortalecimiento del poder, los regidores de los municipios de menor entidad serán elegidos por  la Audiencia.

 

Se suprimen todas las instituciones propias del Principado, (por ejemplo el virrey, consellers, las Cortes) ..., asignando sus funciones a la Audiencia.

 

Para poner orden en los asuntos económicos se crea un nuevo cargo: el intendente (nueva figura en la administración tomada del modelo francés que se encarga de cuestiones tributarias, asuntos económicos,...) dependientes directamente del poder monárquico.

 

Se disuelven todos los grupos armados (somatenes) de carácter voluntario, de dudosa fidelidad, para evitar igualmente, tener en un territorio gente armada, que pudiera presentar resistencia al nuevo poder del Rey.

 

Se pone fin a la consideración de “extranjeros” a los súbditos que habitasen un determinado reino respecto a otro. Los castellanos consideraban extranjeros a los habitantes del reino de Aragón, o de Valencia, o del Principado, estando vetado mutuamente el acceso a determinados cargos, en incluso al comercio y administración directa con las Indias.  Con el fin de estas prohibiciones de extranjerias, se da un paso más de carácter de igualdad jurídica a todos los súbditos del rey, que favorecerá la política unitaria y centralista del nuevo estado borbónico.

 

Así pues,  con los Decretos de Nueva Planta, desaparecen los fueros e instituciones tradicionales (salvo en el reino de Navarra y vascongadas que se mantuvieron fieles a Felipe V) de la Corona de Aragón y se establece una monarquía absoluta basada en la centralización y en la uniformización política y administrativa

 

     

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TEXTO VIII:DECRETOS DE NUEVA PLANTA

 

1-LA GUERRA DE SUCESIÓN Y SUS CONSECUENCIAS:PAZ DE UTRECHT

 

Aunque la crisis del siglo XVII había reducido el peso de la Corona española en la política internacional, España, con sus dominios europeos y americanos, seguía siendo a finales de aquella centuria el estado más extenso de Europa. Esto explica que fuera objeto de deseo de las principales potencias europeas, sobre todo desde que se conociera la incapacidad de Carlos II para engendrar herederos. Así, la lucha por la sucesión española se planteaba como una lucha por la hegemonía europea.

Dos candidatos iban a disputarse el trono: Luis XIV de Francia, que defendía la candidatura de su nieto el duque de Anjou, y Leopoldo I de Austria, que defendía la de su segundo hijo, el archiduque Carlos. Los dos reyes estaban emparentados con los Austrias españoles por ser hijos y esposos de princesas españolas.

El candidato designado por el rey español en su testamento era el duque de Anjou, Felipe de Borbón. Ahora bien, éste debía renunciar a sus derechos a la corona de Francia a fin de evitar una posible unión entre los dos reinos.

A finales de 1.700 murió Carlos II. Acto seguido, el duque de Anjou fue proclamado en Versalles rey de España con el nombre de Felipe V de Borbón. Era el fin de la dinastía Habsburgo (que había reinado en España durante los siglos XVI y XVII) y el comienzo de una nueva: la dinastía Borbón.

Pero el cambio no se produciría de una manera pacífica, ya que Leopoldo I de Austria rechazó dicha proclamación y rompió relaciones con Francia. Holanda e Inglaterra, deseosas de mantener en Europa una situación de equilibrio que les permitiera conservar sus imperios marítimos y ejercer de árbitros en la política internacional, decidieron apoyar al archiduque Carlos, recelosas de que Francia, que ya de hecho era la potencia más poderosa de Europa, viera incrementado sus territorios con los dominios españoles. Este apoyo se materializó en la formación de una gran alianza cuando Luis XIV renunció a aplicar las cláusulas del testamento de Carlos II y decidió mantener a su nieto como heredero de la Corona francesa. A finales de 1.701 comenzaba la Guerra de Sucesión. Dos años después se unirían a la alianza antifrancesa Saboya y Portugal.

             La guerra tuvo un doble escenario: Europa y España. En Europa se disputaba la hegemonía y el equilibrio entre las potencias. En España, la guerra adquirió los rasgos de una contienda civil entre los partidarios de continuar con el Estado pactista de la monarquía de los Austria y los defensores del modelo centralista de los Borbones, plasmado en Francia. Esto explica que Castilla defendiera al candidato francés mientras que los estados de la Corona de Aragón, temerosos de que Felipe V anulase los antiguos privilegios e instituciones de estos reinos, se decantaran por el candidato austriaco.

Un acontecimiento importante provocaría el fin de esta larga guerra: la muerte inesperada en 1.711 del emperador de Austria hizo que el archiduque Carlos heredara la corona imperial. Esto significaba la incorporación de la corona española al Imperio austriaco y la formación de una gran potencia territorial en el continente, lo cual iba contra los intereses anglo-holandeses. Así, ambos reinos decidieron cambiar de bando y aceptaron a Felipe V como rey de España. Fue el principio del fin de la guerra. Solo Cataluña, abandonada por los aliados y por el emperador Carlos, continuaba en solitario su resistencia al nuevo rey. Felipe V tomó Barcelona en septiembre de 1.714. Terminaba la Guerra de Sucesión y se abría un nuevo período para la monarquía española.

Las potencias se reunieron para definir la nueva situación y firmaron en 1.713 el Tratado o Paz de Utrecht. Felipe V de Borbón fue reconocido como rey de España pero debió renunciar a sus derechos al trono de Francia. España perdió su imperio territorial europeo: Flandes, parte del Milanesado, Nápoles y Sicilia pasaron al Imperio austriaco (como compensación); Saboya obtuvo parte del Milanesado y Cerdeña; Inglaterra, la más beneficiada, obtuvo Gibraltar (que había ocupado en 1.704 en el transcurso de la guerra) y Menorca, y numerosas ventajas comerciales en el imperio colonial español, como el asiento de esclavos africanos y el envío de un navío de permiso anual con América; Portugal obtuvo la colonia de Sacramento. Así, la Monarquía española quedó reducida a los territorios hispánicos (excepto Gibraltar –que aún no hemos recuperado- y Menorca) y al imperio colonial (excepto la colonia de Sacramento).

Inglaterra fue sin duda la clara vencedora de esta contienda: en Europa se establecía una situación de equilibrio en torno a dos bloques, Francia y el Imperio, bajo el arbitraje inglés para evitar la hegemonía de uno de ellos; y en el mar se consolidaba como la gran potencia marítima, rompiendo el monopolio español del comercio americano.

Definitivamente, quedaba hundido el prestigio de la Corona española. Sin embargo, la monarquía quedó reforzada y en adelante, se concentraría en la reorganización del gobierno de España y América, con amplios programas de reformas que darían unidad y solidez al nuevo estado borbónico.

 

2-LOS REYES DE LA DINASTÍA BORBÓNICA.

El reinado de Felipe V: 1.700 – 1.746.

 

La concepción absolutista del Estado según el modelo de la Francia de Luis XIV, que trajo a España Felipe V al ser entronizado, chocaba con la estructura organizativa que habían tenido los reinos hispánicos desde la unión dinástica de las coronas de Castilla y Aragón a finales del siglo XV. Así pues, la primera tarea emprendida por el nuevo rey fue la reforma del Estado. Esta reforma fue iniciada mediante una serie de decretos promulgados entre los años 1.707 y 1.716: son los llamados Decretos de Nueva Planta (o de “nueva organización”). Establecían la eliminación de las instituciones político-administrativas de los reinos de la Corona de Aragón (Virrey, Cortes y Generalitat), de sus fueros y privilegios fiscales y militares, asimilándolos a los usos y costumbres de Castilla. Con ello se lograba la unificación administrativa y la centralización del poder. Sólo Navarra y el País Vasco conservaron sus privilegios e instituciones forales por su fidelidad a Felipe V durante la Guerra de Sucesión y mantuvieron sus fronteras y aduanas.

Las diversas Cortes de cada uno de los reinos que componían la Corona fueron unificadas en las Cortes Generales del Reino. Los antiguos Consejos del sistema político de los Austrias, fueron sustituidos por las Secretarías, según el modelo francés, origen de los actuales ministerios. Su número, así como sus atribuciones, cambiaron frecuentemente (Estado, Asuntos Extranjeros, Guerra y Marina, Hacienda, Justicia, etc.). Al frente de cada una figuraba un secretario designado directamente por el monarca; se trataba de una persona con formación jurídica y acreditada capacidad. La reunión de todos los secretarios formaba una especie de consejo de ministros, que dirigían una burocracia más amplia y organizada, subordinada a la autoridad regia.

En 1.713 se promulgó la Ley Sálica, por la que se reformaban las leyes tradicionales que regulaban la sucesión a la Corona. La nueva ley establecía la preferencia del varón al trono, y solo en caso de no haber ningún heredero varón en la línea directa ni en las colaterales, podrían acceder al trono las mujeres. Esta decisión, como veremos, traería importantes consecuencias para el futuro.

Desde el punto de vista de la administración territorial, se implantó un sistema uniforme para todo el territorio. Se crearon demarcaciones provinciales al frente de cada una de las cuales figuraba un capitán general que ejercía como gobernador, con atribuciones militares y administrativas. Se implantaron también reales audiencias, presididas por los capitanes generales, y que tenían competencias judiciales. Por último, se extendió a todo el territorio la institución de los corregidores castellanos, para el control de las principales ciudades.

La mayoría de las reformas consistieron en extender instituciones castellanas al resto del Estado, pero los Borbones implantaron una nueva figura, de inspiración francesa, que constituyó la aportación más novedosa del nuevo modelo administrativo: los intendentes. Eran funcionarios dependientes directamente del rey, que gozaban de amplios poderes, y tenían como misión la recaudación de impuestos y la dinamización económica del país: controlar a las autoridades locales, cuidar de las Reales Fábricas, impulsar el desarrollo de la agricultura y la ganadería, levantar mapas, realizar censos, atender al urbanismo, etc.

También el Ejército y la Armada fueron reformados por Felipe V. Se implantó una nueva forma de reclutamiento obligatorio, el sistema de “quintas”, así llamado porque obligaba a prestar servicio de armas a uno de cada cinco jóvenes elegido por sorteo, y suponía el reclutamiento forzoso de vagabundos; de “vagos y ociosos”. Los regimientos sustituyeron a los antiguos tercios, se modernizó la artillería y se creó la guardia real. Para proteger el comercio con América, amenazado por la competencia de Holanda e Inglaterra, era imprescindible renovar y ampliar la Armada. Se construyeron astilleros en Cádiz, Cartagena y El Ferrol, donde se aplicaron las últimas innovaciones técnicas a la construcción naval. El número y la calidad de los barcos españoles aumentaron considerablemente durante toda la centuria, aunque no se consiguió crear una armada capaz de competir con la inglesa.

La preocupación por los problemas económicos se evidenció en los intentos de reorganización de la Hacienda. Los Borbones comprendían que si no se reformaba el sistema impositivo procurando que todos los habitantes pagasen en proporción con su riqueza, incluyendo a los privilegiados (nobleza y clero), el saneamiento económico era imposible. Aprovechando el derecho de conquista, intentaron esa experiencia en los territorios de la Corona de Aragón. Así se implantó el equivalente en Valencia, la contribución única en Aragón, la talla en Mallorca y el catastro en Cataluña.

Se trataba en todos los casos del establecimiento de una cuota fija, por parte de la Administración, que se repartía proporcionalmente entre sus habitantes. El éxito, sobre todo del catastro en Cataluña, se evidenció en muy poco tiempo: se recaudaba más y el sistema era más ágil y menos gravoso para el conjunto de la población. En época de Fernando VI se intentaría extender a toda España (Catastro de Ensenada, 1.750 – 1.753), pero las fuertes resistencias de los privilegiados impidieron su aplicación.

Otra de las principales realizaciones del nuevo rey fue el impulso dado a la cultura en España. En 1.713 fue fundada la Real Academia Española de la Lengua, de nuevo según el modelo francés.

 

3.- El reinado de Fernando VI: 1.746 – 1.759.

 

Durante su reinado, España vivió una época de paz internacional gracias a la política de neutralidad practicada por el marqués de la Ensenada, el hombre fuerte del gobierno. Entre sus principales realizaciones en política interior figura la elaboración de un amplio y pormenorizado estudio de la riqueza de los pueblos, localidades y vecinos del reino. Se conoce como el “Catastro de Ensenada”, de 1.750 – 1.753: aunque produjo una mejora de la Hacienda pública, no se logró implantar en Castilla la pretendida reforma fiscal. El objetivo era sustituir los múltiples tipos de impuestos que se cobraban en cada provincia castellana por una única contribución, inspirada en el catastro catalán, que aumentaría la racionalidad y eficacia del sistema tributario. Las protestas y reclamaciones frustraron el ambicioso proyecto, que habría supuesto un duro golpe a los estamentos privilegiados, pues los obligaba a contribuir en parte.

Fernando VI, interesado por las artes, dio un impulso notable a la cultura. Fundó la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando, y protegió a músicos y artistas.

 

Casado con la princesa portuguesa Bárbara de Braganza, no tuvieron hijos, por lo que la sucesión correspondía a su hermanastro, don Carlos, rey de Nápoles y Sicilia.

El reinado de Carlos III: 1.759 – 1.788.

 

Carlos era hijo del segundo matrimonio de Felipe V con la princesa italiana de Parma Isabel de Farnesio. La reina había influido mucho en la política exterior española, que desde que acabara la Guerra de Sucesión se había orientado hacia la recuperación de los dominios italianos perdidos por el Tratado de Utrecht. Así, cuando las tropas españolas ocuparon Nápoles y Sicilia en 1.739, el príncipe Carlos se convirtió en rey de dichos territorios. Pero a la muerte de su hermanastro Fernando VI, dejó en el trono italiano al tercero de sus hijos y se convirtió en el nuevo rey de España. Su reinado constituyó la etapa más interesante del siglo XVIII español.

En Nápoles, Carlos III se había impregnado de las ideas ilustradas que circulaban por Europa y había reinado como un monarca ilustrado. Fue el monarca ilustrado español por excelencia.

Al llegar a España, el nuevo rey traía un amplio programa de reformas, aunque decidió actuar con prudencia y no precipitarse.

Sin embargo, un acontecimiento de crucial importancia daría un giro decisivo a su gobierno: el llamado “Motín de Esquilache”, de 1.766.  En ese año se produjeron una serie de acontecimientos que extendieron el malestar entre la población española: los estamentos privilegiados se sentían desplazados del gobierno por el nombramiento de italianos que habían venido con el rey para ejercer los altos cargos del gobierno y la administración; el secretario de Hacienda, el italiano marqués de Esquilache, en un momento de carestía provocada por una mala cosecha en 1.765, había decretado la liberalización del mercado de cereales a fin de estimular la producción, medida que había provocado una subida del precio de los productos de primera necesidad. Este mismo ministro, a petición del rey, había emprendido una serie de reformas urbanas en Madrid (limpieza y empedrado de calles, iluminación y numeración de viviendas, etc.) que provocaron a los madrileños gastos extraordinarios en un momento de escasez, y había prohibido los juegos de azar, el uso de armas, las capas largas y los sombreros chambergos (de ala ancha), medidas todas que resultaron un tanto impopulares. Este conjunto de medidas provocaron el estallido de un motín popular en la ciudad que se dirigió contra el marqués, cuya vivienda fue asaltada por el pueblo enfurecido. Carlos III hubo de aceptar las exigencias de los amotinados, destituyendo a su ministro de Hacienda y anulando algunas de los decretos anteriores. Los motines estallaron por todas las regiones de España, provocados por la carestía de alimentos y dirigidos contra las autoridades locales. En Guipúzcoa y Zaragoza fueron particularmente violentos.

Pacificada la situación, el rey, profundamente afectado por estos sucesos, determinó la puesta en práctica de un amplio programa de reformas, con un equipo de gobierno formado por ilustrados españoles convencidos de la necesidad de emprender cambios profundos desde el poder. Entre los nuevos ministros destacaron Campomanes, el conde de Floridablanca, y el conde de Aranda. Junto a ellos, y desde otros puestos públicos, ilustrados como Pablo de Olavide, Cabarrús o Gaspar Melchor de Jovellanos estudiaron, informaron y propusieron una serie de medidas tendentes a la modernización del Estado.

Desde las instancias oficiales se había acusado al clero, y más concretamente a la Compañía de Jesús, de ser la instigadora de aquella sublevación, así que las primeras medidas que se tomaron iban dirigidas contra la Iglesia: por una parte aumentó su control por el Estado, potenciando el derecho de regalismo que tenía el rey y limitando las atribuciones del Tribunal de la Inquisición; por otra parte, en abril de 1.767 Carlos III promulgó la Pragmática de Expulsión de los jesuitas de España y las Indias, confiscando todos sus bienes. La Compañía de Jesús era una poderosa fuerza dentro de la Iglesia. Los jesuitas profesaban un voto de especial obediencia al Pontífice, lo que hacía difícil que se sometieran a la autoridad regia, de ahí el interés por eliminar esta poderosa orden. Tenían el monopolio de la enseñanza: de sus colegios mayores salía una élite que monopolizaba los altos cargos del Estado. Decisiones similares habían sido adoptadas con anterioridad en Francia y Portugal.

 

Fue notable el impulso dado por los nuevos ministros a la reforma y fomento de la enseñanza mediante la creación de escuelas, la introducción de las disciplinas científicas en los estudios secundarios y la reforma (parcial) de las universidades. Pero sin duda, el campo de atención preferente de los gobiernos de Carlos III fue el económico. En este sentido se enmarca la creación de las Sociedades Económicas de Amigos del País. Estas instituciones fueron creadas por Campomanes para difundir los nuevos conocimientos y técnicas modernas con el propósito de contribuir así al desarrollo de todas las actividades económicas en España y en los territorios hispanoamericanos: promovían la introducción de nuevos cultivos en los campos españoles, impulsaban la construcción de regadíos y canales, la reforestación de los terrenos, la formación técnica de los campesinos en las “escuelas dominicales”, etc.

 

Para los ministros ilustrados, la agricultura era el mayor problema de la economía española. El aumento experimentado por la población española a lo largo del siglo XVIII y el incremento constante del precio de los productos de primera necesidad, hacían necesario un crecimiento de la producción. Los motines de 1.766 habían puesto de manifiesto lo peligrosas que podían ser las frecuentes crisis de subsistencia.

Las propuestas para la reforma y modernización de la agricultura se llevaron a cabo desde las Sociedades Económicas de Amigos del País a través de una serie de Proyectos de Ley Agraria, recogidos por Gaspar Melchor de Jovellanos en su Informe de Ley Agraria, publicado en 1.794. Las iniciativas se encaminaban principalmente al aumento de la superficie agraria, lo cual debía realizarse limitando los privilegios del poderoso Concejo de la Mesta. Fue el comienzo del declive de la ganadería transhumante. El máximo exponente de estas reformas fueron las nuevas poblaciones de Sierra Morena, proyecto ejecutado bajo la dirección de Olavide. De un carácter muy parecido fue la iniciativa de Campomanes de arrendar las tierras comunales de los municipios a jornaleros. Tanto en uno como en otro caso, el objetivo era el de formar una clase media de propietarios agrícolas que pusiera fin a la grave diferencia social existente en cuanto al régimen de propiedad y estimulase la producción. Estos pequeños propietarios laboriosos serían buenos contribuyentes para el fisco.

Con todo, el alcance de estas medidas fue muy limitado: es cierto que aumentó la producción agrícola, pero no por la modernización de las técnicas sino por el incremento de la superficie cultivada. Tampoco se logró crear esa clase media de campesinos propietarios o arrendatarios ya que la mayoría de ellos carecían del capital y los medios necesarios para poner en cultivo las nuevas parcelas. Además, el arrendamiento de tierras municipales sólo se llevó a efecto en ciertas zonas de Castilla; en muchos casos el proyecto fracasó por la corrupción de las oligarquías locales encargadas de aplicarla. En conclusión podemos decir que el problema de la tierra pasó casi intacto al siglo XIX y que el régimen señorial permaneció con toda su fuerza.

 

Mejores resultados produjeron las medidas tomadas para fomentar la industria nacional. Entre las iniciativas emprendidas por el Estado destacan la fundación de numerosas Reales Fábricas, financiadas por la Hacienda Pública para abastecer de productos de lujo (tapices, porcelanas, cristal, etc.) a los reales sitios y a las clases adineradas (e incluso exportarlos), y el fomento de la construcción naval en astilleros reales. Esta última actividad se vio coronada por el éxito, ya que España llegó a tener la tercera flota de guerra del mundo, imprescindible para garantizar su imperio colonial.

La industria textil catalana alcanzó cierto auge gracias a la fabricación y al comercio de “indianas” (tejidos de algodón estampados), siendo apoyada la iniciativa privada de la burguesía por la concesión de privilegios estatales.

 

El comercio también preocupó a los gobiernos ilustrados, ya que se consideraba que tenía un papel decisivo en la reactivación de la economía. Durante el reinado de Carlos III, los nuevos planteamientos económicos del liberalismo se introdujeron en España a través de las Sociedades Económicas de Amigos del País, e influyeron en los planes ilustrados para estimular el comercio. En 1.778, el Estado terminó con el monopolio de la Casa de Contratación (establecida en Cádiz desde 1.717) en el comercio americano, y autorizó el libre comercio con las colonias a todos los puertos españoles. Asimismo, se adoptaron medidas proteccionistas sobre la importación de manufacturas europeas para reducir el déficit comercial y estimular las industrias interiores, liberando las tasas de circulación de mercancías en el interior. Para estimular el comercio interregional, Carlos III emprendió la construcción de una red nacional de carreteras que comunicara Madrid con las regiones periféricas, fiel reflejo de la concepción centralizada del nuevo Estado borbónico.

 

 

3-LA SITUACIÓN DEMOGRÁFICA Y ECONÓMICA DE ESPAÑA EN EL SIGLO XVIII.

La demografía.

 

Desde 1.680 aproximadamente se había iniciado en España una nueva fase de expansión demográfica, que concluía un siglo (el XVII) marcado por el signo de la crisis –pestes, disminución de matrimonios, caída de la natalidad, etc.- y por la pérdida absoluta de población.

De hecho, se calcula que la población al comenzar el siglo XVIII sería de unos siete millones y medio de habitantes; y alcanzó en 1.797, según el censo de Godoy, los diez millones y medio.

Este crecimiento no fue sin embargo uniforme; deben señalarse importantes diferencias regionales:

  1. fue mayor en la periferia y en Madrid.
  2. Y menor en la España interior.

 

Los factores del crecimiento demográfico fueron éstos:

  1. El aumento de la natalidad. La reactivación económica propició un mayor número de matrimonios, pero, aún así, la frecuencia del matrimonio tardío y las altas cotas de celibato (superiores al 10 %) actuaron como un importante freno al crecimiento de la población.
  2. El descenso de la mortalidad catastrófica provocada por las grandes epidemias, con la práctica desaparición de la peste. Sólo los puertos con un mayor volumen de tráfico comercial, como el de Cádiz, sufrieron periódicamente los embates de la fiebre amarilla.

No obstante, la mortalidad continuaba siendo alta, particularmente la infantil (agravada por la intensificación de la frecuencia en el abandono o exposición de niños así como en el de infanticidios), y la esperanza de vida oscilaba en torno a los veinticinco años.

 

4.2.- La agricultura.

 

La agricultura española presentaba en el siglo XVIII una grave deficiencia estructural heredada de siglos anteriores: el régimen de propiedad de la tierra. La mayor parte de las tierras cultivables no podían venderse o entregarse a quienes pudieran tener interés en mejorarlas o explotarlas adecuadamente, ya que eran tierras amortizadas (o en manos muertas). Esto, según las leyes de la época, significaba que sus titulares podían disponer libremente de sus frutos o de las rentas que generasen, pero no podían desprenderse de ellas. Existían tres tipos de tierras amortizadas en el Antiguo Régimen:

a) Las eclesiásticas. La Iglesia era uno de los grandes terratenientes, ya que durante siglos había ido acumulando enormes riquezas y donaciones de reyes y particulares, hasta constituir un imponente patrimonio.

b) Las municipales. Era frecuente que los municipios tuvieran la propiedad de ciertas tierras, que podían ser de aprovechamiento común y gratuito de todos los vecinos (“bienes comunales”, como prados, bosques, etc.) o tierras de labor cedidas para su explotación a particulares a cambio del pago de una renta al municipio (“bienes de propio”).

c) Las vinculadas a mayorazgos. El mayorazgo era una institución surgida en la Edad Media, que permitía a un particular, generalmente de la nobleza, reservar para un único descendiente (el mayor o primogénito, por regla general) una parte importante de su herencia; ésta podría ser disfrutada por el heredero, pero no vendida ni donada ni embargada sin permiso del rey, sino que debía ser transmitida de generación en generación. Por este procedimiento, los bienes patrimoniales de la nobleza pasaban intactos de un heredero a otro y quedaban protegidos. Por consiguiente, las tierras vinculadas a un mayorazgo estaban también en manos muertas, como las de la Iglesia o los municipios.

La Iglesia y la nobleza explotaban directamente sólo una pequeña parte de sus tierras, mientras que la mayoría eran arrendadas a campesinos, en pequeñas parcelas, a cambio del pago de una renta y por un plazo limitado.

Las excesivas rentas que el campesinado arrendatario debía pagar (al señor, a la Iglesia y a la Corona) rara vez le dejaban margen para invertir en mejoras de la tierra; pero incluso cuando esto era posible, tampoco le interesaba, ya que, al no ser de su propiedad, las ganancias derivadas de su mejora apenas repercutirían en su beneficio. En consecuencia, los rendimientos agrícolas eran muy bajos y se originaban frecuentes crisis de subsistencia.

 

4.3.- La artesanía y la industria.

 

La industria española adolecía de graves problemas, como el predominio del pequeño taller de escasa producción, o los métodos de trabajo arcaicos y rutinarios, derivados de un sistema gremial que coartaba la libertad, la innovación y la competencia.

Sin embargo, y a pesar de que el sistema de producción gremial era el dominante, también fueron surgiendo, como en los países más avanzados de Europa, otros sistemas que escapaban al control de los gremios, aunque en España tuvieran una importancia relativamente menor:

a) El trabajo a domicilio (putting out system) consistía en que un empresario-comerciante proporcionaba los medios de producción (herramientas) y las materias primas a trabajadores rurales –fuera, por tanto, del ámbito urbano controlado por los gremios- quienes compaginaban su trabajo en el campo con estas actividades industriales en sus casas. Obtenían así unos ingresos complementarios al entregar el producto elaborado al empresario-comerciante, que después se encargaba de su venta.

b) La industria doméstica (domestic system) radicaba en pequeños talleres de manufacturas, ubicados también por lo general en el medio rural, pero de carácter familiar. La unidad familiar poseía los medios de producción y vivía fundamentalmente de su actividad industrial (a diferencia del trabajo a domicilio). Era el caso de las ferrerías vascas, las sederías valencianas o gran parte de la industria textil catalana.

c) La industria fabril (factory system) suponía la concentración de abundante mano de obra asalariada en una fábrica, en la que los medios de producción y el control de la misma correspondían al empresario capitalista. Este sistema era el menos frecuente en España y sólo tenía cierta importancia en la industria algodonera catalana.

 

4.4.- El comercio.

 

El comercio interior en el siglo XVIII era todavía escaso por el elevado nivel de autoconsumo del campesinado español –salvo en Cataluña-, lo que reducía en gran medida el volumen de los intercambio comerciales. Pero también era difícil por varias razones:

  1. Los obstáculos naturales del territorio español –rebordes montañosos de la meseta y escasez de puertos naturales de paso-, que dificultaban las comunicaciones, sobre todo entre el interior del país y la periferia costera.
  2. La deficiente infraestructura de vías de comunicación: malas vías terrestres, ríos apenas navegables.
  3. La escasez de medios de transporte terrestre, particularmente mulas, disponibles sólo cuando no eran necesarias como animales de tiro para la agricultura.

En conclusión, no existía un mercado nacional unificado y eran muy escasos o nulos los intercambios y comunicaciones entre el centro y la periferia de España.

No era raro que se produjera excedente de trigo en el interior y déficit del mismo en la costa, y éste se cubría, normalmente, con importaciones de Sicilia (el trigo de mar) porque resultaba más barato que el castellano, debido a las dificultades y al encarecimiento del transporte terrestre.

 

En cuanto al comercio exterior, seguía siendo deficitario respecto a los países europeos (Inglaterra, Holanda, Francia), que compraban materias primas españolas (productos agrícolas y lana, fundamentalmente) y, a cambio, introducían en España productos manufacturados caros (textiles y artículos de lujo).

Esta situación se explica por el comportamiento económico de los estamentos privilegiados, que no destinaban sus elevados ingresos a la creación de empresas productivas, sino al atesoramiento o al gasto suntuario, satisfecho en su mayor parte por las industrias extranjeras; de ahí el interés -como veremos a continuación- de la Corona en fomentar las manufacturas reales de artículos de lujo

4-LA POLITICA EXTERIOR DE LOS BORBONES EN EL SIGLO XVIII.

El reinado de los Borbones se había iniciado con una importante pérdida de poder e influencia de la Corona española en el contexto internacional. Tras el final de la Guerra de Sucesión, los Tratados de Utrecht (1.713) y Rastatt (1.714) permitieron a Felipe V salvar el trono, pero a cambio de ceder todas las posesiones en Europa. La pérdida de peso en el conjunto europeo libró, sin embargo, a la monarquía de la pesada carga militar y financiera que había supuesto en los siglos XVI y XVII el mantenimiento de las posesiones europeas. Los Borbones pudieron volver sus ojos al interior del país y concentrar sus energías en mejorar la situación de España.

Éste fue, pues, un siglo de relativa paz y estabilidad, aunque no faltaron acontecimientos bélicos en los que España se vio implicada. Los principales enfrentamientos se produjeron por el deseo de recuperar las posesiones italianas, deseo que fue avivado por el interés de Isabel de Farnesio, segunda esposa de Felipe V, en defender el acceso al trono de Nápoles-Sicilia, Toscana y Parma, de su hijo Carlos. En busca de aliados para esta guerra, Felipe V firmó una serie de pactos con Francia (Pactos de Familia) que ligaron a lo largo del siglo XVIII los intereses de ambas monarquías.

 

La llegada al trono de Fernando VI inauguró una época de neutralidad en la política exterior española. Sus esfuerzos se dirigieron a la reestructuración del ejército y a la reconstrucción de la flota con el objetivo de mantener buenas líneas de comunicación con los territorios americanos.

 

Con Carlos III, España intervendrá en la guerra de los Siete Años del lado de Francia (Tercer Pacto de Familia, 1.769), contra Inglaterra, perdiendo las posesiones americanas de Florida, que le será restituida por la paz de Versalles (1.783) junto a Menorca y la colonia de Sacramento (Uruguay), territorios retenidos por Inglaterra y Portugal tras la Paz de Utrecht (1.713).

Hacia la crisis del Antiguo Régimen: el reinado de Carlos IV (1.788 – 1.808).

 

A finales de 1.788 murió Carlos III y le sucedió su hijo, Carlos IV, de talante político bien distinto al de su padre. Si Carlos III se ajustaba en gran medida al modelo ideal de monarca del despotismo ilustrado, con Carlos IV se estableció lo que algunos autores denominan despotismo ministerial, ya que el verdadero poder lo ejercía el primer ministro, y no el rey.

El reinado de Carlos IV estuvo condicionado por el estallido en 1.789 de la Revolución francesa y su evolución posterior. Un acontecimiento de esta magnitud creó una alarmante preocupación en toda Europa, ante el temor de que sus propuestas revolucionarias se extendieran. Pero en España ese temor era particularmente comprensible, por la proximidad geográfica con Francia y por las relaciones de parentesco existentes entre los monarcas de ambos países. La política exterior española, desde la guerra de Sucesión y la entronización de la nueva dinastía de los Borbones, había estado marcada por la alianza con Francia a través de los Pactos de Familia;  pero la Revolución francesa obligó a España a replantearse su actitud hacia la nueva Francia que se estaba configurando. Así, las relaciones con el revolucionario país vecino atravesaron tres fases: una primera, de neutralidad (1.789 – 1.792); una segunda, de guerra (1.793 – 1.795); y una tercera, de alianza (1.796 – 1.808).

 

Prevención y neutralidad (1.789 – 1.792).

Cuando accedió al trono Carlos IV mantuvo como primer ministro, por recomendación de su padre, a Floridablanca, cuya política se caracterizó por una actitud de vigilancia y neutralidad hacia Francia, y de represión contra la propaganda revolucionaria. Entre las medidas adoptadas podrían señalarse las siguientes:

  1. La inspección de correspondencia y de paquetes procedentes de Francia para incautarse de cuanto pudiese servir de propaganda revolucionaria.
  2. La prohibición a los periódicos de publicar cualquier noticia referente a Francia.
  3. La prohibición a los estudiantes de salir al extranjero sin permiso del rey.
  4. El establecimiento de rígidas medidas de control para los extranjeros residentes o de paso por España.
  5. La revitalización de la Inquisición como aparato represivo contra las nuevas ideas.

 

Ascenso de Godoy y guerra contra Francia (1.793 – 1.795).

Por influencia de la reina, María Luisa de Parma, un joven y apuesto guardia de corps, Manuel Godoy, ascendió al cargo de primer ministro. Dejando a un lado los motivos por los que un personaje de estas características había alcanzado de forma tan meteórica y dudosa la cima del poder, lo cierto es que fue el verdadero gobernante de España desde 1.792 hasta el final del reinado en 1.808, aunque durante un breve paréntesis de menos de tres años –de 1.798 a 1.800- fue relevado como primer ministro.

La Revolución francesa había entrado en una fase de radicalización y había abolido la monarquía. La política de Godoy se orientó a salvar la vida del monarca francés, Luís XVI, lo que llevó a España a entrar en guerra con Francia. La inferioridad de las tropas españolas obligó pronto a finalizar la guerra. En la paz de Basilea (1.795) se restablecieron a España los territorios conquistados durante la guerra por los franceses; España, a cambio, cedió a Francia la parte española de la isla de Santo Domingo. Godoy recibió el título de Príncipe de la Paz.

 

La alianza con la Francia revolucionaria (1.796 – 1.808).

La Paz de Basilea significó no sólo la finalización del conflicto entre España y Francia, sino también el comienzo de una nueva fase de entendimiento y amistad entre los dos países.

En 1.796 se firmó el primer Tratado de San Ildefonso, que equivalía a una renovación de los antiguos Pactos de Familia, por los que España se vinculaba a Francia en una política de colaboración y defensa mutua. Esto implicaba, por tanto, asumir el enfrentamiento con Inglaterra, y su aliado Portugal, que eran los enemigos principales de Francia.

La rivalidad con Inglaterra tuvo para España graves consecuencias, como los ataques ingleses a barcos españoles en el comercio con América o, muy especialmente, la derrota franco-española de Trafalgar (1.805), que supuso el hundimiento de España como potencia marítima.

 

EL MOTÍN DE ARANJUEZ (1.808).

En 1.807 Godoy firmó con Napoleón el Tratado de Fontainebleau, en virtud del cual se permitía a las tropas francesas su paso por España para conquistar Portugal, país aliado de Inglaterra, con la que Francia estaba, una vez más, en guerra.

El objetivo era dividir Portugal en tres partes, de las cuales una se constituiría en principado para el propio Godoy.

Con ese pretexto Napoleón dispuso sus tropas en distintas partes de España, lo que levantó serias sospechas sobre su intención de ocupar la Península.

Godoy, al comprender el peligro que se avecinaba, pretendió trasladar a la familia real a Andalucía, desde donde se podría iniciar la resistencia al avance napoleónico; pero en marzo de 1.808 estalló el motín de Aranjuez, lugar donde se encontraba la Corte.

El origen del motín debe buscarse en el partido que se había formado en torno al príncipe heredero, futuro Fernando VII, radicalmente opuesto al excesivo poder y protagonismo de Godoy. Este partido fomentó el descontento entre grupos populares (soldados, campesinos y servidores de palacio), que fueron quienes protagonizaron el motín asaltando el palacio de Godoy.

Carlos IV, que se vio obligado a destituir a su primer ministro y a abdicar en favor de su hijo Fernando, comunicó a Napoleón lo ocurrido y reclamó su ayuda para recuperar el trono…

 

 

 

 

5-EL REFORMISMO AGRARIO DE LS BORBONES:ANALISIS DE LAS PRINCIPALES REFORMAS Y MEDIDAD ADOPTADAS EN LA AGRICULTURA.

6-DESPOTISMO ILUSTRADO.

La Ilustración fue un movimiento cultural e ideológico surgido principalmente en Francia durante el siglo XVIII. La característica básica de esta nueva corriente de pensamiento es una ilimitada confianza en la razón: ni la autoridad, ni la tradición, ni la revelación pueden sustituir a la razón y todo aquello que ésta no pueda aceptar debe ser rechazado como engaño o superstición. En resumen, los ilustrados creían que los hombres, conducidos por su inteligencia, podrían alcanzar el conocimiento, que era para ellos la base de la felicidad. Por ello se mostraban firmes partidarios de la educación y del progreso, es decir, de la progresiva mejora de las condiciones de vida del ser humano.

Con estos principios, los ilustrados sometieron a dura crítica el modelo económico-social y político del Antiguo Régimen. Afirmaban la tolerancia religiosa, defendían la libertad de pensamiento y de expresión, criticaban la excesiva influencia política y educativa de la Iglesia, rechazaban las supersticiones populares y afirmaban la igualdad y derecho a la libertad de todos los hombres. Criticaron también la organización económica, la falta de libertad para comprar, vender, establecerse o progresar y defendieron un modelo que garantizase la propiedad y la libertad de comercio e industria. En el ámbito de la política, la Ilustración defendía un nuevo concepto de nación que se oponía a la idea tradicional de reino, entendida como patrimonio personal de la dinastía reinante. La nación la formaban el conjunto de los ciudadanos, que, por consiguiente, tenían derecho a decidir sobre su futuro. Así, frente al origen divino del poder real, los ilustrados defendían la soberanía popular, es decir, que el poder emana del libre consentimiento de los ciudadanos, expresado mediante el voto.

 

Durante la segunda mitad del siglo XVIII, un gran número de reyes absolutos europeos adoptaron una concepción y práctica gubernamentales que, sin abandonar los principios propios del absolutismo monárquico, daban una nueva justificación, esta vez racional, a su poder, siguiendo los principios de la Ilustración. Esta nueva ideología recibe el nombre de Despotismo Ilustrado. Su lema, “Todo para el pueblo, pero sin el pueblo”, indicaba que los monarcas ilustrados no renunciaban a su soberanía absoluta y seguían concentrando en su persona todos lo poderes del Estado, pero consideraban que la finalidad esencial de la monarquía era lograr la felicidad y el bienestar de sus súbditos a través de un buen gobierno, interviniendo en las actividades económicas para estimular la producción y aumentar la riqueza del reino. La debilidad de la burguesía y la ignorancia de las clases populares en algunos estados europeos hacían imposible cualquier programa de cambio que no fuera asumido por un poder fuerte como el de la monarquía. De esta manera, el rey dejaba de ser el propietario del reino para convertirse en el primer servidor del Estado.

Para llevar a la práctica estos objetivos, los monarcas del Despotismo Ilustrado desarrollaron una intensa actividad reformista orientada a impulsar la economía en todos los sectores, mejorar el gobierno y la administración, e impulsar la cultura y la educación ciudadanas, limitando la influencia de la Iglesia. Se valieron para ello, de hombres de Estado altamente cualificados.

 

Aunque estas ideas chocaban frontalmente con el sistema propio del Antiguo Régimen, no por ello dejaron de propagarse rápidamente por toda Europa. Su penetración en España fue sin embargo lenta y difícil. La ausencia de amplios grupos burgueses, el conservadurismo de los medios intelectuales universitarios, el enorme peso de la Iglesia y la inexistencia de clases medias formadas y capaces de entender las teorías de los nuevos filósofos obstaculizaron, en la primera parte del siglo, la difusión de la nueva corriente de pensamiento.

Sin embargo, a partir de 1.750 – 1.760, encontramos una generación de pensadores españoles que en sus escritos reflejan las preocupaciones ilustradas y empiezan a criticar el modelo social imperante en la España del siglo XVIII: son Feijóo, Campomanes, Cadalso, Jovellanos, Aranda, Floridablanca, Olavide, Capmany, etc. No forman un grupo homogéneo, pero la mayoría de ellos coinciden en el interés por la ciencia, el espíritu crítico y la idea de progreso.

Aislados entre la indiferencia de la aristocracia y del clero y la ignorancia de las clases populares, los ilustrados españoles hicieron de la educación el objetivo principal, el eje sobre el que debía descansar el cambio del país. Convencidos de que sólo la mejora del nivel cultural podría sacarlo de su atraso, lucharon contra las órdenes religiosas y contra los estamentos privilegiados y defendieron la necesidad de imponer una enseñanza útil y práctica, obligatoria para todos en los primeros niveles, común a los dos sexos e impregnada de los nuevos conocimientos y relacionada con el extranjero.

La otra preocupación básica de los ilustrados españoles fue la cuestión económica. Todos ellos eran conscientes de que el atraso del país, en relación con otras potencias europeas, provenía de la pervivencia del fuerte predominio de la propiedad nobiliaria y eclesiástica, del excesivo control sobre las actividades económicas, y del desconocimiento de las nuevas técnicas, inventos y avances, aplicados ya en otros países como Gran Bretaña u Holanda. Por ello, es esforzaron en estudiar la situación real del país y proponer una serie de reformas.

 

CONCEPTOS PARA LA P.A.U.

 

CRONOLOGÍA

 

1.707 – 1.716.- Decretos de Nueva Planta: se implanta en España un nuevo modelo político absolutista y centralista opuesto al anterior de los Austrias.

 

1.713.- Tratado de Utrecht: finaliza la Guerra de Sucesión. Felipe V es reconocido como rey de España a cambio de ceder a otras potencias los territorios europeos que aún conservaba (Flandes, Nápoles, Sicilia y parte del Milanesado fueron para Austria; parte del Milanesado y Cerdeña para Saboya; la colonia de Sacramento para Portugal;  Menorca y Gibraltar para Inglaterra…).

 

1.759 – 1.788.- Reinado de Carlos III. Ejemplo de monarca del despotismo ilustrado. Amplio programa reformista: proyectos modernizadores para España.

 

1.788.- Reinado de Carlos IV: hijo de Carlos III. Durante su reinado se intensifica la crisis del Antiguo Régimen en España. Godoy fue su principal valido.

 

1.808.- Encuentros de Bayona: Fernando VII y Carlos IV acuden a Bayona por mandato de Napoleón. Destierro de Bayona. Comienza la Guerra de la Independencia.

 

PERSONALIDADES DE LA HISTORIA DE ESPAÑA

 

Felipe V.1700 – 1.746. Primer rey de la dinastía Borbón en España. Designado heredero al trono español por Carlos II, que no tenía descendencia. Su nombramiento provocó la Guerra de Sucesión española (ver Carlos II). Centraliza el gobierno con los Decretos de Nueva Planta, por los cuales arrebata a Aragón sus privilegios de autogobierno eliminando las instituciones (Cortes). Además de ser una imitación del modelo francés, el rey era de ese país, castigaba al reino aragonés por no apoyarle en la Guerra. Felipe V nombró como sucesor a su hijo Luís –Luís I- (1.724) que murió a los pocos meses, por ello, tuvo que volver a coger la corona. Firmó pactos de familia con Francia y le sucede otro de sus hijos, Fernando VI.

 

Carlos III: 1.759 – 1.788. Hijo de Felipe V y de Isabel de Farnesio, su segunda esposa, sucede a su hermanastro Fernando VI. Anteriormente había sido rey de Nápoles. Carlos aplicó en España las doctrinas del despotismo ilustrado, con ilustres ministros como Esquilache y los condes de Aranda, Floridablanca y Campomanes. Impulsó el avance de la agricultura, promovió fábricas y eliminó el monopolio comercial de la Casa de Contratación con las colonias americanas. En su reinado surgen las Sociedades Económicas de Amigos del País, que ayudaron a difundir la cultura y la formación. Firmó el Tercer Pacto de Familia con Francia (1.761) y ello nos llevó a participar en la guerra de los Siete Años y en la Independencia de los Estados Unidos (1.775). Expulsó a los jesuitas (1.767) porque los acusaba de distintos conflictos. Por sus reformas urbanísticas en Madrid, es conocido como el mejor alcalde de Madrid (Observatorio Astronómico, Museo del Prado, Jardín Botánico, Puerta de Alcalá…).

 

Campomanes: Pedro Rodríguez Campomanes, conde de Campomanes. Economista y político del reinado de Carlos III. En 1.783, es nombrado presidente del Consejo de Castilla y desde ese puesto lleva a cabo sus ideales ilustrados. Intervino antes en la expulsión de los jesuitas y en los proyectos de repoblación de Sierra Morena. Fue defensor del poder libre del Estado frente a la Iglesia (regalismo). Propugnó una reforma agraria que plasmó en sus Memoriales Ajustados. Del mismo modo, intentó impulsar la industria y el comercio libre frente a los gremios; fomentó la industria popular (1.774). También presidió la Sociedad Económica de Amigos del País de Madrid.

 

Godoy: Manuel Godoy y Álvarez de Faria, natural de Badajoz, ingresó a los diecisiete años en la Guardia de Corps del rey Carlos III. En ese empleo conoció y trabó amistad con el futuro Carlos IV y su esposa, María Luisa de Parma. Al llegar éstos al trono, le ascienden a diversos puestos hasta llegar a ser ministro del Estado. Se convierte, así, en el valido del rey, todopoderoso personaje que dirigió España. Declaró la guerra a Francia cuando fue ejecutado por los revolucionarios el rey, Luís XVI. Tras invadir Cataluña los franceses, se firma la Paz de Basilea (1.795), en la que se nos devuelve el territorio y Godoy es nombrado “Príncipe de la Paz”. Por el primer Tratado de San Ildefonso (1.796) España y Francia se unen contra Inglaterra. Los fracasos militares y la mala gestión económica hacen que Godoy dimita en 1.798. Vuelve a su puesto de valido y firma el segundo Tratado de San Ildefonso (1.800), esta vez contra Portugal y siguiendo las pretensiones del emperador francés, Napoleón Bonaparte. Esta actitud le granjea mayor enemistad con la nobleza, que conspira contra él. Éxito militar propagandístico fue la incorporación militar de Olivenza (1.801) tras un enfrentamiento militar en la frontera portuguesa (guerra de las naranjas). Otro acuerdo con Francia, el Tratado de Fontainebleau (1.807), permite el paso de las tropas francesas por suelo español para ocupar Portugal. La ocasión se aprovecha para invadir también España, iniciándose así la Guerra de la Independencia (1.808 – 1.814). Godoy es arrestado a instancias de sus enemigos en el llamado Motín de Aranjuez (1.808). Luego, marchará al exilio con los reyes. Político que ha gozado de muy mala fama en la historiografía española, pero al que hay que reconocer su interés por aplicar determinadas reformas ilustradas y su atrevimiento para limitar algunos de los privilegios de la Iglesia y de la nobleza, así como algunos intentos desamortizadores, etc.

 

Jovellanos: Gaspar Melchor de Jovellanos fue un político asturiano. Desempeña altos cargos con Carlos III y Carlos IV, en los que hace muestra de su espíritu ilustrado. Sus críticas a la Inquisición y a las propiedades de la Iglesia hicieron que Godoy le destituyera de su cargo de ministro de Gracia y Justicia. En 1.801, fue desterrado a Mallorca por ser acusado de introducir en España la obra de Rousseau “Contrato Social”. Pudo volver tras el Motín de Aranjuez (1.808). Escribió distintas obras sobre política y economía en las que defendía principios ilustrados como la humanización de la justicia, el fomento de las obras públicas y la racionalización de la enseñanza; la reforma de la agricultura, la necesidad de potenciarla suprimiendo mayorazgos, desamortizando tierras que estaban en manos muertas, aprobando leyes que disminuyesen los privilegios y la fuerza de la Mesta, permitiendo los cercamientos de tierras, etc. Suya fue la obra “Informe sobre le Ley Agraria”. Más tarde, participó como diputado en las Cortes de Cádiz (1.810 – 12).

 

CONCEPTOS

 

Decretos de Nueva Planta: Conjunto de disposiciones o leyes políticas, administrativas y jurídicas de carácter centralista dictadas por el rey Felipe V entre los años 1.711 y 1.716. Estos decretos eliminaron los fueros e instituciones de autogobierno del reino de Aragón (formado por los territorios de Aragón, Cataluña, Valencia y Baleares) e instauraron el sistema centralista y absoluto de poder del rey. Con estos decretos se liquidaba por completo el modelo político de carácter federal que instauraron en su momento los Reyes Católicos. Aunque este modelo de gobierno fue el usado en la Francia de la época (Felipe V era francés), no sólo se implantó por ello, sino que fue el castigo infligido al reino aragonés por haber ido contra Felipe en la Guerra de Sucesión y apoyar al otro candidato, el archiduque Carlos de Austria. La única excepción fueron Vascongadas y Navarra, que siguieron con sus fueros y privilegios por haber apoyado en la Guerra de Sucesión a Felipe V.

 

Propiedad amortizada: En el ámbito agrario del Antiguo Régimen, significa que ciertos bienes como tierras, inmuebles, casas… estaban en poder de manos muertas, es decir, de entidades incapacitadas para transaccionarlos (ponerlos en el mercado, venderlos…). Las manos muertas se clasificaban en laicas o civiles y eclesiásticas. Las primeras eran los mayorazgos y los bienes comunales de los municipios (ayuntamientos); las segundas comprendían iglesias, monasterios, conventos, sus tierras y propiedades, así como los hospicios, casas de misericordia, cofradías, etc. El término propiedad amortizada se usaba, generalmente, para designar el proceso de concentración y permanencia de la propiedad inmueble en los dueños citados (nobleza, Iglesia y propiedad comunal de los ayuntamientos). Al proceso para suprimir o liquidar ese tipo de propiedades se le conoce como proceso desamortizador.

 

Despotismo Ilustrado: Doctrina política surgida en Europa durante el siglo XVIII. Modelo político absolutista, pero influido por el pensamiento de la Ilustración, cuyo lema se centraba en la expresión “todo para el pueblo, pero sin el pueblo”, que expresaba la desconfianza de las clases cultas hacia la ignorancia del pueblo y que debía remediarse mediante la educación. La política déspota se basaba en la modernización de la economía y la promoción de las ciencias, lo que traía protagonismo social y político a la burguesía. En España, el rey Carlos III fue el genuino representante del despotismo ilustrado.

Modelo político que con un criterio ilustrado y paternalista quería implantar reformas y mejoras en todos los ámbitos: educación, obras públicas, agricultura, comercio, urbanismo, artesanía,… reformas hechas desde el poder, sin contar con la base. Reformismo, en gran medida conservador, propio del Antiguo Régimen, que quería evitar desde arriba la posible revolución desde abajo, desde el pueblo.

 

 

TEXTO VIII

 

Decretos de Nueva Planta.

 

Por decreto de 9 de octubre próximo fui servido decir que habiendo con la asistencia divina y justicia de mi causa pacificado enteramente mis armas el Principado de Cataluña, tocaba a mi soberanía establecer gobierno a él y dar providencias para que sus moradores vivan en paz, quietud y abundancia; por cuyo bien, habiendo precedido madura deliberación y consulta de ministros de mi mayor confianza he resuelto que en el referido Principado se forme una Audiencia, en la cual presida el Capitán General o Comandante General de mis armas de manera que los despachos, después de empezar con mi dictado, prosigan en su nombre: el cual Capitán General o Comandante ha de tener voto solamente en las cosas del gobierno y esto hallándose presente en la Audiencia; debiendo en motivaciones de oficios y cosas graves el Regente avisarle un día antes de los que ha de tratar.

(…) 2.: La Audiencia se ha de juntar en las Casas que antes estaban destinadas para la Diputación y se ha de componer de un Regente y diez ministros para lo civil y cinco para lo criminal, dos Fiscales y un Alguacil Mayor.

(…) 4.: Las causas en la Real Audiencia se sustanciarán en lengua castellana y para que por la mayor satisfacción de las partes los incidentes de las causas se traten con la mayor deliberación mando que todas las peticiones presentación de instrumentos y lo demás que se ofreciere se haga en las salas; para la corriente y público se tengan audiencia pública lunes, miércoles y viernes de cada semana en una de ellas por turno de mesas.

(…) 31.: En la ciudad de Barcelona ha de haber 24 Regidores y en las demás ocho cuya nominación me reservo y en las demás lugares se nombrarán por la Audiencia en el momento que pareciere y se me dará cuenta; y los que nombrare la Audiencia servirán un año.

(…) 37.: Todos los demás oficios que había antes en el Principado, temporales, perpetuos y todos los comunes no expresados en este mi Real Decreto quedan suprimidos y extintos; y lo que a ellos estaba encomendado, si fuese pertinente a Justicia o Gobierno correrá en adelante a cargo de la Audiencia, y si fuese perteneciente a Rentas y Hacienda ha de quedar a cargo del Intendente o de la persona o personas que yo disputare para esto.

(…) 39.: Por los inconvenientes que se ha experimentado en los somatenes y juntas de gente armada, mando que no haya tales somatenes ni otras juntas de gente armada so pena de ser tratados como sediciosos los que concurrieren o intervinieren.

(…) 40.: Han de cesar las prohibiciones de extranjería porque mi Real Intención es que en mis reinos las dignidades y honores se confieran recíprocamente a mis vasallos por el mérito y no por el nacimiento en una u otra provincia de ellos. (…)

 

                                               Novísima Recopilación de Leyes de España…, Libro V, Título IX, Ley I.

 

PREGUNTAS PARA EL COMENTARIO GUIADO

 

1.- La Guerra de Sucesión y sus consecuencias: Paz de Utrecht.

2.- Los reyes de la dinastía Borbónica.

3.- La situación demográfica y económica de España en el S. XVIII.

4.- La política exterior de los Borbones en el siglo XVIII.

5.- El reformismo agrario de los Borbones: análisis de las principales reformas y medidas adoptadas en la agricultura.

6.- Despotismo ilustrado.

 

     

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DECRETOS DE NUEVA PLANTA

 

Abolición de los Fueros de Valencia y Aragón”

 

“Considerando haber perdido los reinos de Aragón y Valencia y todos sus habitantes por la rebelión que cometieron, faltando enteramente así al juramento de fidelidad que me hicieron como a su legítimo Rey y Señor, todos los fueros, privilegios, exenciones y libertades que gozaban y que con tan liberal mano se les habían concedido, sí por mi  como por los señores reyes mis predecesores, en esta monarquía se añade ahora la del derecho de conquista (…) y considerando también que uno de los principales tributos de la soberanía es la imposición y derogación de las leyes (…) He juzgado por conveniente, sí por esto como por mi deseo de reducir todos mis reinos a la uniformidad de unas mismas leyes, usos, costumbres y tribunales, gobernándose igualmente por las leyes de Castilla, tan loables y plausibles en todo el universo, abolir y derogar enteramente (…) todos los referidos fueros y privilegios, prácticas y costumbres hasta aquí observadas en los referidos reinos de Aragón y Valencia, siendo mi voluntad que éstos se reduzcan a las leyes de Castilla (…) Buen Retiro, a 29 de junio de 1707”

 

Cuestiones:

    1. Localiza y sitúa el texto su naturaleza y fecha. Comenta las ideas principales del mismo.
    2. La evolución política del siglo XVIII.
    3. Política exterior de los Borbones.
    4. La provincia de Extremadura en el Antiguo Régimen. Aspectos políticos y administrativos.

     

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Decretos de nueva planta resumen y tema

 

  1. Centralización y reformas administrativas en el siglo XVIII. España y América.

 

 

El reinado de los primeros Borbones, en el siglo XVIII, se caracteriza por sus múltiples reformas en el ámbito administrativo y económico. Ya el primero de estos reyes, Felipe V, modifica por completo la administración española al emitir los Decretos de Nueva Planta. Con ellos desaparecen las cortes y los antiguos reinos medievales, y casi tosa España (excepto el País Vasco y Navarra, que conservan sus antiguos fueros) deberá obedecer las leyes castellanas. También existirá un único sistema de impuestos para todo el territorio y una única lengua oficial, el castellano. No debemos olvidar que los Borbones son los primeros reyes absolutistas en España, y que consideran que una única ley para todos es indispensable para que pueda formarse un auténtico estado.

 

En primer lugar, ahora aumenta muchísimo el poder del rey, así como el centralismo: una vez que han desaparecidos los antiguos reinos medievales, todo depende del gobierno central, situado en la corte madrileña. Como acabamos de decir, solamente Navarra y el País Vasco (que han ayudado a Felipe V en la Guerra de Sucesión) conservan sus antiguos fueros y leyes medievales. Por el contrario, la antigua Corona de Aragón ha desaparecido, cosa que Cataluña nunca aceptará; con el tiempo, veremos cómo en este territorio aparecerá un fuerte nacionalismo que continua hasta nuestros días.

 

Por supuesto, en esta época desaparecen las cortes de los antiguos reinos medievales: sólo se mantienen las cortes de Castilla (llamadas ahora “cortes de España”), aunque sus funciones son ahora muy escasas y sólo pueden ser convocadas por el rey. También Felipe V suprime el antiguo “sistema polisinodial” de la época de los Austrias: así, ahora desaparecen los antiguos consejos territoriales (Consejo de Aragón, de Italia, de Indias, etc.). Únicamente queda el Consejo de Castilla. A la vez, el nuevo monarca crea las “secretarías”, que no son sino el origen de nuestros actuales ministerios. Incluso se abolen los antiguos virreinatos, pues ahora España es un único reino: nuestro país es dividido por primera vez en provincias.

 

La llegada de los Borbones supone también que ahora se establezca un único impuesto para todo el territorio nacional, que deberán pagar tanto castellanos, catalanes, aragoneses, vascos, navarros… Se acabaron, pues, los tiempos en los que sólo Castilla pagaba los enormes gastos del imperio de los Austrias.

 

En cuanto a las colonias americanas, a partir de la segunda mitad del siglo XVIII, y sobre todo en tiempos de Carlos III, vamos a ver también algunos cambios administrativos importantes. Los Borbones piensan que la administración de las Indias está desfasada, y que además hay un exceso de corrupción. Es necesario centralizar más la administración, aumentar el poder del rey y limitar la autonomía local, que hace que los caciques criollos sean los auténticos amos de la América española. Para evitar esto, los Borbones crean en esta época dos nuevos virreinatos: Nueva Granada Y Río de la plata. También introducen en las colonias la figura del “intendente”, un funcionario elegido directamente por la corona y que se encarga de supervisar toda la administración local de Indias (incluso presiden los cabildos municipales). Todas estas reformas van a provocar el descontento entre las élites criollas, que ven cómo ahora disminuye su poder. Además, los Borbones tienden a llevar funcionarios españoles a América para ocupar los principales cargos administrativos. Todo esto sienta muy mal a la burguesía criolla, que se siente cada vez más discriminada. Así, hacia la segunda mitad del siglo XVIII se producen en América ciertas sublevaciones contra el gobierno español, rebeliones que pueden ser consideradas como un antecedente de los movimientos de independencia del siglo XIX.: tal es el caso de la llamada “rebelión comunera” de Paraguay en 1762, y sobre todo la sublevación peruana de 1780, que acabó convirtiéndose en una auténtica revuelta indígena (Tupac Amaru).

 

Los sucesores de Felipe V van a continuar llevando a cabo abundantes reformas. El ambiente de la época es muy propicio para ello, pues nos encontramos en el llamado “Siglo de las Luces”, cuando la Ilustración triunfa sobre todo en Francia pero también en otros países de Europa. Los ilustrados poseen una enorme confianza en la razón y en el progreso. Ese racionalismo les lleva a criticar duramente la sociedad del Antiguo Régimen, la desigualdad legal de las personas, el absolutismo, el poder político de la Iglesia, la falta de libertad económica: todas esas cosas dificultan enormemente el progreso y, en consecuencia, deben ir desapareciendo progresivamente.

 

La Ilustración llegó e España más tarde que a otros países, ya que nuestra burguesía era débil, nuestras universidades muy conservadores y a Iglesia enormemente poderosa. Además, había en nuestro país unos niveles de analfabetismo muy altos. No obstante, aunque tarde, a mediados del siglo XVIII hubo en España algunos ilustrados importantes como Feijoo, Campomanes, Cadalso, Jovellanos, Floridablanca u Olavide. Aunque muy diferentes entre ellos, todos estos pensadores coincidían en su interés por la ciencia y el progreso y en su espíritu crítico. A la vez, los reyes de la dinastía Borbón, se vieron envueltos en este ambiente ilustrado y emprendieron algunas reformas importantes, sobre todo en los terrenos de la educación y la economía.

 

De Fernando VII debemos destacar sus constantes esfuerzos para mejorar el comercio con las colonias americanas, un comercio que se encontraba casi parado desde tiempos de Carlos II. Precisamente para ello, este monarca se preocupó por crear una marina moderna, en lo cual le ayudaron dos importantes ministros: José de Carvajal y el marqués de la Ensenada.

 

Sin embargo, el más ilustrado de nuestros monarcas fue sin duda Carlos III, al que suele considerarse como el mejor ejemplo español de despotismo ilustrado. Antes de ser rey de España, Carlos III había sido rey de Nápoles y allí, en Italia, había emprendido ya muchas reformas de corte ilustrado. Sin embargo, al llegar a España se encontró con la oposición de la nobleza y de la Iglesia, que veían con malos ojos la llegada de un rey de espíritu tan “moderno”, y temían que sus reformas fueran a atacar sus tradicionales privilegios.

 

El ejemplo más claro de esta oposición fue el famoso Motín de Esquilache, en el año 1866. Instigado por la nobleza, el pueblo de Madrid se rebeló contra Esquilache, un ministro de Carlos III que deseaba llevar a cabo en la capital una serie de reformas de sanidad y orden público: limpieza urbana, alumbrado, prohibición de juegos de azar y uso de armas, así como de llevar sombreros de ala ancha y capas largas. A todo ello se unió la fuerte inflación provocada por dos años seguidos de malas cosechas, y el odio que la población madrileña sentía hacia un ministro extranjero. Las clases populares madrileñas vivían en la miseria, y la nobleza y la Iglesia aprovecharon esta situación para animar al pueblo a que se rebelara contra las reformas que pretendía llevar a cabo el rey. Al ver la gravedad de la rebelión, Carlos III no tuvo más remedio que destituir a Esquilache y parar sus reformas, así como bajar el precio de algunos alimentos. Pero también expulsó de España a los jesuitas, acusándolos de haber movido al pueblo hacia la rebelión. En realidad, esta orden religiosa tenía un enorme poder en Europa y muchos reyes europeos consideraban a los jesuitas como una auténtica amenaza para el absolutismo (regalismo).

 

Una vez pasado el motín, Carlos III siguió con sus reformas, aunque en adelante, sus ministros fueron siempre españoles. Contó con excelentes colaboradores como Campomanes, Floridablanca o Aranda, o con intelectuales ilustrados como Olavide, Cabarrús o Jovellanos. Estos últimos estudiaron la situación del país y aconsejaron al monarca una serie de reformas encaminadas a modernizarlo. Entre las reformas económicas llevadas a cabo por Carlos III debemos destacar:

 

-Se limitaron los privilegios de la Mesta y se colonizaron nuevas tierras en Sierra Morena, con el objetivo de repartirlas entre pequeños campesinos.

 

-Mejoraron las vías y caminos, se eliminaron las aduanas internas, para que los alimentos pudieran circular libremente de una provincia a otra, y se permitió también a todos los puertos españoles comerciar con América (por fin Cataluña podía ahora recuperar su esplendor comercial. Después de doscientos años de decadencia, el puerto de Barcelona volvió a ser lo que era en la Edad Media).

 

-Poco a poco empezaron a desmantelarse los antiguos gremios medievales. A la vez, se establecieron impuestos para proteger los productos nacionales de la competencia extranjera.

 

En otros ámbitos distintos de la economía, Carlos III declaró que todas las profesiones eran honestas y que cualquier persona cuya ocupación fuera de utilidad pública podía obtener el título de hidalgo. Por último, este monarca intervino cada vez más en los asuntos de la Iglesia, reclamando el derecho a nombrar sus altos cargos, a fundar monasterios y a controlar la Inquisición. También, como ya hemos visto, expulsó de España a los jesuitas.

 

No obstante, las reformas de Carlos III siempre tuvieron un límite. Para modernizar de verdad España, era necesario acabar con el Antiguo Régimen, suprimir los privilegios de la Iglesia y la nobleza y desde luego desamortizar la propiedad de la tierra. Hubiera sido preciso poner fin al sistema feudal, un sistema que llevaba muchos siglos anclado en España y en Europa. Carlos III nunca pudo ni quiso hacer eso. De haberlo hecho hubiera sido un auténtico revolucionario. Hubiera sido demasiado pretender algo así de un monarca absolutista del siglo XVIII. Incluso en estos tiempos tan ilustrados la monarquía, como institución, seguía siendo, como había sido durante siglos, la representante y defensora de la nobleza y de la Iglesia. Por eso las Reformas de Carlos III, aunque buenas, fueron insuficientes. La modernización de España aún tardaría mucho tiempo en llegar, aunque, al menos, los Borbones abrieron un camino muy provechoso para nuestro país.

 

 

  1. La política exterior de los Borbones durante el siglo XVIII.

 

 

Nos encontramos con un siglo de relativa paz y estabilidad: los Borbones lo han perdido casi todo en Europa y España es ahora un país de segundo o tercer orden. Pero gracias a eso se acaban los enormes gastos militares de tiempos de los Austrias. No obstante, tampoco podemos decir que estos Borbones carezcan por completo de política exterior. Así, Felipe V todavía llevará a cabo algunas guerras contra Austria e Inglaterra intentando en vano recuperar los territorios italianos perdidos en el Tratado de Utrech (el Milanesado, Nápoles y Cerdeña). Además, Isabel de Farnesio (segunda esposa de Felipe V) luchará también porque su hijo Carlos (el futuro Carlos III) pueda obtener el reino de Nápoles. Ahora, por otra parte, se inicia una época de alianzas con Francia que durará hasta principios del siglo XIX: los llamados “Pactos de Familia”.

 

En cambio, el sucesor de Felipe, Fernando VI vivirá manteniendo la paz y la neutralidad con Europa y se dedicará principalmente a mejorar el ejército, la administración y el comercio con las colonias. No debemos olvidar que España todavía tiene enormes posesiones en América. Fernando VII procura por todos los medios mejorar el comercio con estos territorios, casi parado desde tiempos de Carlos. Para eso dedica buena parte de su reinado a mejorar la marina española, y en esta labor será ayudado por dos importantes ministros: José de Carvajal y el marqués de la Ensenada. Finalmente, en tiempos de Carlos III entramos también en una guerra con desastrosos resultados.

 

 En resumen, durante esta época, España interviene en varias contiendas:

 

1ª. Felipe V trata de recuperar los territorios que se han perdido en la Guerra de Sucesión. Además, desea colocar en el trono de Nápoles a su hijo Carlos. Para conseguirlo no le queda más remedio que enfrentarse al emperador de Austria en una nueva guerra. Pero este último tiene también poderosos aliados: Francia e Inglaterra. Una vez más, España pierde también esta guerra y no consigue recuperar nada.

 

2ª. En vistas de esta derrota Felipe V vuelve los ojos a sus parientes, los Borbones de Francia. Ahora empezamos, pues, una etapa de alianzas con el país vecino: son los llamados “pactos de familia”. Pero estos pactos nos hacen también participar en nuevos conflictos. Así, en1733 los franceses están en guerra contra Austria y Rusia. Nosotros los ayudamos porque Felipe V quiere ver a su hijo Carlos convertido en rey de Nápoles, cosa que al final consigue.

 

3ª. Diez años después Francia vuelve a estar en guerra contra Austria y, ahora también, contra Inglaterra. De nuevo España les ayuda. En recompensa obtenemos el ducado de Parma (es decir, que los Borbones van recuperando, al menos un poco, sus posiciones en Italia).

 

4ª. Finalmente, en tiempos de Carlos III España vuelve a apoyar a Francia en la Guerra de los Siete Años. En principio, a nuestros reyes les conviene esta guerra porque los ingleses, que tratan de extenderse por América, están amenazando nuestras colonias. Pero al final, esta guerra resulta desastrosa para nuestro país: perdemos Florida a manos de los ingleses, aunque para compensarnos los franceses nos ceden la Luisiana (ambas hoy en los Estados Unidos). Por último, cuando llegue la Guerra de la Independencia y nos veamos invadidos por Napoleón, los ingleses (que entonces se convertirán en nuestros aliados), nos devolverán Menoría y Florida, pero no Gibraltar.

 

  1. Extremadura en el Antiguo Régimen. Aspectos políticos y administrativos.

 

Desde la Edad Media Extremadura fue tierra de señores, una región donde mandaban más los poderes feudales que el propio rey y que a menudo tuvo jurisdicciones confusas. Ya en época moderna Cáceres y Badajoz habían llegado a ser las ciudades más importantes, ambas con el título de cabeza de corregimiento. Al ser una zona fronteriza, Extremadura tuvo siempre un importante funcionamiento militar. Desde el siglo XVIII las funciones militares eran organizadas por un organismo llamado Intendencia (al frente se encontraba el “intendente”) con sede primero en Mérida y poco después en Badajoz.

 

Sin embargo, por ser una zona aislada, Extremadura era administrada desde el exterior, lo que significa que los extremeños de la época debían viajar a otras regiones de España cada vez que querían resolver cualquier pleito, pues no hubo una Audiencia en Extremadura hasta finales del siglo XVIII. También en esta época Extremadura fue dividida en partidos y comarcas, quedando, por tanto, de una manera parecida a como está hoy.

 

Por último, aunque en Extremadura no faltaban tierras de realengo, abundaban también las tierras señoriales (es decir, de nobles particulares como el duque de Feria) y las tierras de órdenes militares (por ejemplo, los Santos de Maimona, que desde la Edad Media había pertenecido a la orden de Santiago). Eso es así porque estos territorios habían sido conquistados bastante tarde a los moros, en una época en la que no había suficiente población en Castilla como para repoblar el valle del Guadiana. Por eso los reyes cedieron estas tierras a los poderes feudales (tanto a señores particulares como a órdenes militares).

 

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